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Análisis crítico del proyecto de ley de creación de las sociedades por acciones simplificadas.

La prescripción de la responsabilidad de los administradores societarios en el derecho argentino

En el mundo empresarial, las decisiones de los administradores no solo definen el rumbo de una sociedad, sino que también pueden generar consecuencias jurídicas relevantes. Cuando un administrador incumple sus obligaciones, puede surgir la responsabilidad societaria, y con ella, la pregunta clave: ¿hasta cuándo es posible reclamar por esos daños?

El Dr. Martín E. Abdala, abogado y académico especializado en Derecho Comercial, aborda esta cuestión en su trabajo “Prescripción de la responsabilidad de los administradores societarios en el derecho argentino”, donde analiza los plazos y criterios aplicables a este tipo de acciones.

En términos simples, la prescripción es el plazo legal que limita el tiempo para iniciar una acción judicial. En materia societaria, determinar ese plazo no es sencillo: depende del tipo de acción que se promueva.

Por un lado, las acciones sociales de responsabilidad, que buscan reparar los daños causados a la propia sociedad, tienen un plazo de tres años, conforme al artículo 848 inciso 1 del Código de Comercio.

 
 
Por otro, las acciones individuales, que pueden ser promovidas por socios o por terceros, presentan diferencias: cuando las inicia un socio, el plazo también es de tres años; pero si quien demanda es un tercero ajeno a la sociedad, el plazo se reduce a dos años, siguiendo el artículo 4037 del Código Civil

El estudio también analiza un punto crucial: el momento desde el cual comienza a contarse ese plazo —el llamado dies a quo. Según Abdala, la prescripción empieza a correr cuando el incumplimiento del administrador se hace notorio, es decir, cuando los afectados pueden razonablemente advertirlo. Este criterio resulta especialmente importante en los casos donde hubo maniobras de ocultamiento o falta de transparencia.

En definitiva, el artículo del Dr. Abdala ofrece una visión clara y equilibrada sobre una cuestión compleja del derecho societario argentino, combinando rigor técnico con sentido práctico. Comprender estos plazos no solo es esencial para abogados y empresarios, sino también para proteger adecuadamente los derechos de socios y acreedores frente a conductas irregulares en la gestión de las sociedades.

 

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